Cuando uno posee un arma de calibre determinado, y adquiere un subcalibre ¿adquiere el derecho a un segundo cupo de 100 cartuchos o sigue teniendo derecho a un solo cupo de 100 cartuchos / año por arma?
¿Es lo mismo que el subcalibre tenga la misma numeración del arma principal o que tenga numeración distinta, a los efectos de cupo de munición?
Gracias por adelantado