balomen escribió: El no cumplir la directiva nos va a acabar suponiendo una multa del copon.
Yo no tendría tanto miedo a Europa que su normativa es más sensata y solo establece unos criterios comunes. Se puede consultar el texto consolidado en anarma.org/media/kunena/attachments/1233...0477_20080728_es.pdf.
Gracias por el cable.
No es miedo a la normativa europea, es simplemente que aceptar una solución porque "es mejor que lo que tenemos" no es una solución si en realidad no cubre los puntos que quieres cubrir. Estarás menos mal, pero seguirás estando mal.
Siguiendo el ejemplo de la norma inglesa: que puedes sacarte la licencia de caza y comprarte un arma corta, pues sí... pero lo que está pasando es que te estás teniendo que hacer pasar por cazador para comprarla. Es una solución a medias, y aunque es aceptable a efectos prácticos, no es al objetivo al que debería aspirarse.
Encima, estoy leyendo la directiva europea, y parecen empeñados en prohibir la munición de punta hueca para defensa. Pues vaya (jaja).
Y bueno, los artículos de mala reputación tienen legislaciones diversas por todas partes. Las navajas automáticas están prohibidas en unos sitios y en otros no, las de mariposa lo mismo, nunchacos y cosas de esas, pues ya ves... Si tiene pinta de Ninja o chino, puedes tener claro que la legislación es un cisco a lo largo y ancho del mundo. Parece, sin embargo, que la directiva que nos has pasado cubre sólo las armas de fuego, por lo que no nos concierne en lo que a este ámbito se refiere.