Obtener licencias D y E a partir de la F

07 Ene 2008 00:03 - 20 Jun 2019 00:10 #3972 por
Vamos a ver compañeros que os parece el tema.

Tengo la licencia F y quiero sacarme la D y la E a la vez, pues bien, según la reglamentación, los que disponemos de la licencia F no debemos pasar por ninguna prueba de capacitación (ahora os cito textualmente y os pongo el link al texto)

Pues bien, me he informado en varias IA y este ha sido el resultado.

ICAE: me tengo que examinar de teórica y si la Federación me hace un certificado como que he practicado carabina me exime del práctico.

IA Madrid: examinar de teórica y el certificado no debe ser de práctica, debe ser como que me he examinado de la F con carabina.

IA Alicante: examinarme del teórico y del práctico por narices (al final los convencí para examinarme con carabina pues no dispongo de conocidos con escopeta...pero primeron me lo negaron diciendo que por narices con escopeta, sin embargo la ley dice que al pedir la D y la E a la vez me puedo examinar con cualquier tipo de las armas que estas licencias amparan)

Vamos, el cachondeo de siempre.. que cada IA toca las pelotas a su manera.

El caso es que me he decidido a tocarlas yo un rato (de perdidos al rio, si me sale mal al final me examinaré y fuera).

Vamos que me voy a plantar con un documento redactado solicitando la expedición de estas licencias y argumentando mi exención en base a las ordenes ministeriales, resoluciones y artículos que mandan.

Como si me la deniengan lo tienen que hacer por escrito argumentando el por qué... teniendo en cuenta que la ley es muy clara y si me la deniegan estarían saltandosela a la torera ¿Qué pasará?

TEXTO:

ORDEN DE 7 DE MARZO DE 2000 POR LA QUE SE PRECISA LA DETERMINACIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA ORDEN DE 18 DE MARZO DE 1998, SOBRE PRUEBAS DE CAPACITACIÓN PARA OBTENER LICENCIAS DE ARMAS (BOE núm. 60, de 10 de marzo), EN SU REDACCIÓN DADA POR LA ORDEN DE 21 DE JULIO DE 2000 (BOE núm. 179, de 27 de julio).

(....)

Segundo.-Consecuentemente, quedan exentos de la realización de las pruebas reguladas en la citada Orden, para la obtención de licencias D, E y F, además de las personas que posean o hayan poseído licencias de armas A, D, E y F, quienes, al solicitar aquéllas:

Hayan poseído con la duración máxima, de dos y de cuatro años, prevista, según los supuestos, en el artículo 109 del Reglamento de Armas, autorizaciones especiales de uso de armas para menores, concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.

Hayan poseído autorizaciones reguladas en los artículos 110, 111 y 112 del Reglamento de Armas, concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.


LINK

(eliminado pasado el tiempo)

En fin, esta semana presentaré la solicitud, supongo que en principio se negarán a admitirla a trámite , si es así presentaré una reclamación (en el libro de sugerencias del ciudadano , pues a la IA no se le puede poner hoja de reclamaciones), y si se ponen muy bordes y se me cruzan los cables ya veremos donde más reclamo.

Si me la admiten a trámite os contaré el resultado.

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07 Ene 2008 02:08 #3973 por NITROGLICOL
Respuesta de NITROGLICOL sobre el tema Re: Obtener licencias D y E a partir de la F
Eso es lo que todos tendríamos que hacer en cuanto se produjese un abuso. No deberíamos temer tanto a los de las I.A. y hacer y exigir que se cumpla con la legislación, que es su primera obligación.

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02 Feb 2008 16:18 #4072 por xload
Respuesta de xload sobre el tema Re: Obtener licencias D y E a partir de la F
Pues presentando la solicitud como isntancia y razonada a partir de ese texto que has puesto deberian hacertelo... ya nos contaras.

Nunca le fallo a la diana, sólo le hago disparos de advertencia.

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