|
ANARMA dispone de bufete jurídico, así como de peritos judiciales y otros profesionales, para defender ante la Administración todo lo referente a las armas y su entorno.
|
|
| Leer más... |
No has iniciado sesión
¿Desea contactar con nosotros? ¿Tiene alguna noticia que desearía ver publicada o alguna correción a las ya leídas?
Para cualquier asunto que precise, usted puede contactar con la Asociación Nacional del Arma de España en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla
Si lo que desea comunicar es un problema con la web o los foros de charla, hágalo a la dirección Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla
Sobre normativa
¿Cuando debo depositar un arma? | ¿Cuando debo depositar un arma? |
|
|
|
| jueves, 08 de mayo de 2008 | |
|
En líneas generales, tan pronto deje de tener permiso para poseerlas legalmente, o bien cuando se reciban mediante donación, herencia, etc..
Al cesar en la habilitación para la tenencia legal de las armas, el interesado deberá depositarlas inmediatamente, con las correspondientes guías de pertenencia:
En los supuestos a que se refiere el apartado anterior, se procederá en la forma siguiente:
|
| < Anterior | Siguiente > |
|---|